Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección segunda. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes
Art. Artículo siete
8 / 61En vigor desde 2 ago 1979
Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso será preciso cumplir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Edad comprendida entre los dieciocho y treinta años, cumplidos en la fecha de la convocatoria.
c) Estar en posesión del titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Se modifica por el art. único del Real Decreto 1698/1979, de 29 de junio. Ref. BOE-A-1979-16701
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/09/23/2434#articulo-siete