Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección segunda. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes
Art. Artículo nueve
En vigor desde 14 oct 1977
Las pruebas selectivas para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de prelación de los mismos serán las siguientes:
a) Reconocimiento médico conforme normas OACI.
b) Examen de idioma inglés.
c) Examen de las materias del programa publicado en la convocatoria oficial.
d) Examen psicotécnico.
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Proeli/es/rd/1977/09/23/2434#articulo-nueve