Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 34
En vigor desde 14 dic 2000
El Presidente del Consejo General ostenta la representación legal del Consejo General y será elegido, de entre sus miembros, por la Asamblea General.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2000/11/24/1912#art-34