Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 36
En vigor desde 14 dic 2000
El Reglamento de régimen interior del Consejo General determinará las condiciones de elegibilidad y la duración de los mandatos de sus miembros electivos. Igualmente precisará las funciones y competencias de cada uno de sus órganos.
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Proeli/es/rd/2000/11/24/1912#art-36