Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 19 oct 1994
En el anexo A del Real Decreto 1316/1992 se añadirá la siguiente mención: «El Real Decreto 1881/1994, de 16 de septiembre, por el que se definen las condiciones de policía sanitaria que rigen los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos con respecto a estas condiciones a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección 1.ª del anexo A del Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre.»
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eli/es/rd/1994/09/16/1881#disposicion-final-primera

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