Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 14 ene 2004
1. Quedan suprimidas las siguientes Direcciones Territoriales del Instituto Nacional de la Salud:
a) Ceuta.
b) Melilla.
2. Quedan suprimidas las siguientes Gerencias:
a) Gerencia de Atención Primaria de Ceuta.
b) Gerencia de Atención Primaria de Melilla.
c) Gerencia de Atención Especializada de Ceuta.
d) Gerencia de Atención Especializada de Melilla.
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Proeli/es/rd/2003/12/19/1746#disposicion-adicional-primera