Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Régimen presupuestario y patrimonio del Colegio
Art. 27
En vigor desde 21 ene 2003
1. El régimen económico del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial es presupuestario. El presupuesto será único y comprenderá la totalidad de ingresos, gastos e inversiones del Colegio referido al año natural.
2. En cada presupuesto se cifrarán con la suficiente especificación los gastos previstos en función del programa de actividades a desarrollar por los distintos órganos colegiales, así como los ingresos que se prevea devengar durante el correspondiente ejercicio.
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Proeli/es/rd/2002/12/20/1378#art-27