Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 oct 2010
1. Todas las referencias de la normativa vigente al Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, se entenderán hechas al Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. 2. Todas las delegaciones de competencia existentes a favor del Director Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas y del Director Gerente de la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa se entenderán efectuadas al Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
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eli/es/rd/2010/10/15/1286#disposicion-adicional-segunda

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