Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 24 oct 2010
En las materias relativas al pago de la compensación económica, la adjudicación de viviendas militares en régimen de arrendamiento especial y la concesión de ayudas para el acceso a la propiedad de vivienda, la Subsecretaría de Defensa elaborará un plan director anual, que deberá ser aprobado por el Pleno del Consejo Rector del organismo, con carácter previo a su ejecución, en el que se establecerán las medidas y criterios a seguir en el desarrollo y ejecución de dichas materias. Corresponderá al Consejo rector el seguimiento y control de la ejecución de dicho plan.
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Proeli/es/rd/2010/10/15/1286#disposicion-adicional-cuarta