Capítulo CAPÍTULO II

Art. 12

En vigor desde 16 oct 1990
Contra la resolución del Ministro cabrá interponer recurso de reposición; contra la del Director General de Personal, recurso de alzada ante eI Ministro. Dichos recursos ponen fin a la vía administrativa previa a la interposición del recurso contencioso-administrativo.
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eli/es/rd/1990/10/11/1234#art-12

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