Título TÍTULO TERCERO›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección segunda. Higiene, aseo y limpieza
Art. 150
En vigor desde 23 jul 1981
Se organizarán ejercicios físicos que contribuyan al mantenimiento de la salud, y en todo caso los internos tendrán al menos una hora de paseo al aire libre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1981/05/08/1201#art-150