Art. 6
En vigor desde 30 jun 2009
1. Corresponde a la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial ejercer las siguientes funciones:
a) La ejecución de los programas y planes de actuación de la Secretaría General.
b) La elaboración, gestión y seguimiento de los programas de fomento de la innovación en todos los sectores económicos.
c) La programación, ejecución y seguimiento de las actuaciones de transferencia y valorización de resultados de la investigación.
d) El fomento de los Parques Científicos y Tecnológicos y el impulso de los centros de excelencia en transferencia e innovación, a través del diseño y la gestión de los correspondientes programas, así como el seguimiento de sus resultados.
e) La gestión del programa de I+D+I de la iniciativa Campus de Excelencia Internacional en coordinación el Ministerio de Educación.
f) La coordinación de las actividades vinculadas a los centros tecnológicos y de los centros de apoyo a la innovación.
g) La gestión del Registro de los centros tecnológicos y de los centros de apoyo a la innovación tecnológica, de ámbito estatal.
h) El diseño y coordinación de las políticas públicas en materia de creación de empresas de base tecnológica,
i) El impulso de proyectos demostradores de aplicación de nuevas tecnologías en sectores estratégicos y mercados líderes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales.
j) El impulso, la coordinación y seguimiento de las plataformas científico-tecnológicas.
k) Las derivadas del Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, constituyéndose en el órgano competente para la emisión de los informes motivados vinculantes para la Administración tributaria, en materia de gastos dedicados a I+D+i, sin perjuicio de las competencias atribuidas al CDTI y al IDAE por el citado Real Decreto.
l) La elaboración de informes sobre las actividades en materia de investigación e innovación de las empresas, a efectos del procedimiento de contratación de investigadores procedentes de países extracomunitarios.
m) La gestión de los premios nacionales de diseño.
n) La gestión económica y presupuestaria de los créditos asignados a la Secretaría General de Innovación y a la Dirección General, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la Subsecretaría del departamento.
2. Dependen de la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial las siguientes subdirecciones generales:
a) Subdirección General de Transferencia y Valorización del Conocimiento que ejercerá las funciones descritas en los párrafos c), d) y e) del apartado 1.
b) Subdirección General de Centros Tecnológicos y Desarrollo Empresarial, que ejercerá las funciones descritas en los párrafos f), g) y h) del apartado 1.
c) Subdirección General de Estrategias de Colaboración Público-Privada que ejercerá las funciones descritas en los párrafos i) y j) y en el ámbito de sus competencias, las señaladas en el párrafo i) del citado apartado 1.
d) Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial, que ejercerá las funciones descritas en los párrafos k), l) y m) del apartado 1.
e) Subdirección General de Gestión Económica, que ejercerá las funciones descritas en el párrafo n) del apartado 1.
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Proeli/es/rd/2009/06/29/1042#art-6