Capítulo Capítulo IIISecc. Sección 2. Programas específicos para hijos de residentes españoles

Art. 37

En vigor desde 7 ago 1993
La superación de los objetivos del currículo de lengua y cultura españolas permitirá la obtención de un certificado de lengua y cultura españolas expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia.
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eli/es/rd/1993/06/25/1027#art-37

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