Capítulo Capítulo IV

Art. 42

En vigor desde 7 ago 1993
En los países donde las necesidades de la acción educativa española así lo requieran, existirá una Consejería de Educación en la Embajada de España, encargada de promover, dirigir y gestionar las distintas actuaciones que se derivan de lo establecido en este Real Decreto.
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eli/es/rd/1993/06/25/1027#art-42

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