Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 16 jul 2009
Para la caracterización y clasificación de la maquinaria agrícola, incluida en el ámbito de aplicación de este real decreto, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos contará con el apoyo técnico de la EMA, laboratorio oficial reconocido por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para la realización de los ensayos de los Códigos OCDE de los tractores agrícolas.
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Proeli/es/rd/2009/06/19/1013#art-8