Art. 12
En vigor desde 8 may 2010
Los planes de estudios objeto de estas directrices se configurarán conforme a los siguientes módulos:
a) Formación militar general.
b) Formación militar específica.
c) Formación militar técnica o de especialidad fundamental.
d) Formación física y orden cerrado.
e) Formación en idioma extranjero.
f) Instrucción y adiestramiento.
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Proeli/es/o/2010/05/03/def1158#art-12