Secc. Sección segunda. Órganos de gobierno y dirección

Art. 12

En vigor desde 12 oct 1995
La ONE podrá contar con un Director asociado que asumirá, durante su contratación temporal, las funciones del titular, siempre que el mismo no se halle presente.
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#art-12

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