Secc. Sección segunda. Órganos de gobierno y dirección

Art. 7

En vigor desde 12 oct 1995
El Consejo de Dirección de la Orquesta se reunirá con carácter ordinario al menos una vez al semestre y para su funcionamiento se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimien­to Administrativo Común.
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#art-7

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