Secc. Sección segunda. Órganos de gobierno y dirección

Art. 10

En vigor desde 12 oct 1995
El Director técnico de la ONE ostenta la dirección administrativa y económica de la orquesta para organizar y gestionar las actividades y proyectos aprobados por el Consejo de Dirección. Tendrá las siguientes funciones: Elevar a la Gerencia del organismo la previsión anual de gastos e ingresos de la ONE. Confeccionar la memoria anual. Establecer el plan de trabajo de la temporada, desarro­llando lo dispuesto en el presente Reglamento. Presentar las propuestas de contratación de cuantos artistas y conjuntos intervengan en la programación anual. Gestionar todas la incidencias en relación con el per­sonal de acuerdo con la normativa vigente. Atender todos los aspectos relacionados con la ima­gen, publicidad y comunicación de la unidad, de acuerdo con las directrices emanadas de la Dirección General. Administrar, de acuerdo con la Dirección del Auditorio Nacional de Música, el sistema de abonos y en general el taquillaje resultante de las actividades de la orquesta, así como con otros sistemas de gestión que corresponda. Velar por el cumplimiento de este Reglamento, así como de los presupuestos asignados.
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#art-10

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