Secc. Sección segunda. Órganos de gobierno y dirección
Art. 6
En vigor desde 12 oct 1995
El Consejo de Dirección de la Orquesta Nacional de España estará integrado por:
El Director general del organismo al que esté adscrita la ONE (actualmente, el INAEM), pudiendo delegar en quien estime oportuno, siempre que ostente; al menos, categoría administrativa de Subdirector general.
El Director titular.
El Director técnico.
El Presidente de la Comisión de Profesores.
Un representante de la Junta de Personal del organismo.
Un representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Sección Música).
Un representante del Consejo de la Música.
Actuará como Presidente el Director general del organismo y como Secretario, con voz y sin voto, un funcionario designado al efecto entre los destinados en la Gerencia del mismo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1995/10/04/(1)#art-6