Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO 2

Art. 13

En vigor desde 1 abr 2022
1. Las actuaciones de Programación Local del Plan de Inversiones Locales constituyen el conjunto de inversiones locales que, por aplicación de los criterios de selección y priorización y régimen de gestión establecidos en esta ley foral y en las disposiciones que la desarrollen, sean dotadas de las aportaciones financieras que les correspondan. 2. El apartado de Programación Local constará de las siguientes líneas de inversión: a. Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales. b. Pavimentaciones con redes. c. Pavimentaciones sin redes. d. Urbanización de travesías. e. Dotaciones municipales y concejiles.
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eli/es-nc/lf/2022/03/22/8#art-13

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