Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 26

En vigor desde 16 ago 2001
1. Las competiciones deportivas oficiales de ámbito navarro podrán utilizar como elementos distintivos el escudo y la bandera de Navarra. 2. La denominación y elementos distintivos de las competiciones no oficiales de cualquier ámbito no podrán ser idénticos a los utilizados en las competiciones oficiales de ámbito navarro, ni tan semejante que pudiera inducir a error o confusión con aquéllas.
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eli/es-nc/lf/2001/07/05/15#art-26

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