Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Artículo sesenta
En vigor desde 24 may 1996
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.e) de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-1995-25444 . Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de la letra c) por Sentencia del TC 53/1994, de 24 de febrero. Ref. BOE-T-1994-6199 . Se modifica por el art. único de la Ley de 4 de mayo de 1948. Ref. BOE-A-1948-3513 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1942/02/20/(1)#articulo-sesenta