Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 21 jun 2017
El Gobierno puede promover, periódicamente, la organización del Congreso de la Cataluña Exterior con los objetivos de difundir el conocimiento y reconocimiento de la presencia catalana en el mundo y de promover el estudio y las relaciones entre las entidades y personas que conforman la Cataluña exterior, y entre estas y Cataluña.
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