Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 21 jun 2017
Las medidas de apoyo y fomento del Gobierno de la Generalidad establecidas por la presente ley que tienen por objeto la proyección internacional de Cataluña por los catalanes en el exterior o por las comunidades catalanas en el exterior pueden ser llevadas a cabo, complementariamente, por los organismos, los consorcios y las instituciones participados por la Generalidad que trabajen en el ámbito de la proyección exterior.
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eli/es-ct/l/2017/06/15/8#disposicion-adicional-cuarta

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