Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 14

En vigor desde 25 nov 2013
Los poderes públicos, en el plan estratégico plurianual de apoyo a los ciudadanos castellanos y leoneses en el exterior, impulsarán actuaciones que tendrán por objeto promover el acceso de los jóvenes castellanos y leoneses en el exterior, en los términos que establezca la normativa aplicable, a los programas e iniciativas de la Comunidad de Castilla y León que tengan como finalidad favorecer la participación activa de la juventud en la sociedad, fomentar el movimiento asociativo juvenil, promover valores de solidaridad, respeto a la diversidad y cooperación, mejorar la formación y la accesibilidad a la información de la juventud, potenciar los cauces de acceso al empleo, a las tecnologías de la información y la comunicación, a la actividad productiva y empresarial, así como fomentar hábitos de ocio y vida saludable.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2013/10/29/8#art-14

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil