Título TÍTULO IV

Art. 26

En vigor desde 30 jul 1997
La Junta de Castilla y León podrá suscribir con los Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León convenios de colaboración y contratos-programa para la realización de actividades de interés común y especialmente para la promoción de actividades orientadas a la defensa del interés general.
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eli/es-cl/l/1997/07/08/8#art-26

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