Título TÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 20 ago 2015
1. Recibida la notificación de admisión de la proposición, la comisión promotora presentará, en el plazo de diez días hábiles, ante la Junta Electoral de Galicia, los pliegos necesarios para la recogida de firmas. En estos pliegos se reproducirá el texto íntegro de la proposición de ley. 2. En el supuesto de que el texto de la proposición superase en extensión las tres caras del pliego, se podrá acompañar un pliego más, que se adjuntará al destinado a recoger las firmas, de modo que no puedan ser separados, y se sellarán y se numerarán de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente. 3. Recibidos los pliegos por la Junta Electoral de Galicia, esta, dentro de las setenta y dos horas siguientes, los sellará, los numerará y los devolverá a la comisión promotora.
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eli/es-ga/l/2015/08/07/7#art-8

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