Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 1 dic 2011
1. La consejería realizará las gestiones oportunas conducentes al retorno a la Comunidad Autónoma de los documentos constitutivos del Patrimonio Documental de Andalucía que se encuentren fuera de Andalucía. 2. Con este objeto, promoverá la formalización de los instrumentos legales de colaboración que permitan su puesta a disposición de la ciudadanía o, en su caso, la obtención de reproducciones de los citados documentos.
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eli/es-an/l/2011/11/03/7#disposicion-adicional-quinta

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