Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 42

En vigor desde 28 may 2003
En relación con la Agencia de Protección de la Salud, corresponden al Gobierno las siguientes competencias: a) La aprobación de la estructura orgánica, salvo la de las unidades inferiores. b) La aprobación del proyecto de presupuesto. c) Los acuerdos de nombramiento y cese del director o directora gerente. d) La aprobación de la relación de puestos de trabajo.
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eli/es-ct/l/2003/04/25/7#art-42

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