Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 40

En vigor desde 14 jul 2018
Se podrán conceder ayudas a la organización y desarrollo de festivales cinematográficos de reconocido prestigio que se celebren en Andalucía y aquellos que dediquen especial atención a la programación y difusión del cine comunitario, iberoamericano, películas de animación, documentales y cortometrajes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2018/07/09/6#art-40

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil