Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Entidades representativas del sector pesquero

Art. 39

En vigor desde 3 dic 2013
La junta general debe elegir el patrón o la patrona mayor entre sus miembros, quien debe ejercer las funciones de dirección de la cofradía de pescadores y cualquier otra que le encomienden los estatutos.
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eli/es-ib/l/2013/11/07/6#art-39

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