Art. 9

En vigor desde 31 ene 2014
Las cuentas de la Generalidad correspondientes al período 2012-2018 deben elaborarse ajustándose a la senda que debe permitir alcanzar el objetivo de déficit estructural el año 2019 y de acuerdo con el punto 1b de la disposición transitoria primera de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Se modifica por el art. 138.4 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

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eli/es-ct/l/2012/05/17/6#art-9

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