Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De las disposiciones administrativas de carácter general
Art. 116
En vigor desde 18 ene 2003
Serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que infrinjan lo establecido en esta Sección.
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Proeli/es-cb/l/2002/12/10/6#art-116