Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De las disposiciones administrativas de carácter general
Art. 114
En vigor desde 18 ene 2003
Para que produzcan efectos jurídicos, las disposiciones administrativas de carácter general, habrán de publicarse en el «Boletín Oficial de Cantabria» y entrarán en vigor conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Código Civil.
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Proeli/es-cb/l/2002/12/10/6#art-114