Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 50
En vigor desde 12 nov 2001
1. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones contemplará en su redacción, al menos, los siguientes elementos:
a) Análisis de la problemática y aproximación epidemiológica al consumo de drogas en La Rioja.
b) Objetivos generales y objetivos específicos por áreas de intervención.
c) Criterios básicos de actuación.
d) Responsabilidades y funciones de las Administraciones Públicas, entidades privadas e instituciones.
e) Descripción del circuito terapéutico y de los niveles de intervención.
f) Recursos necesarios para alcanzar los objetivos del Plan.
g) Mecanismos de evaluación.
2. El Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones deberá precisar de forma cuantitativa, en la medida de las posibilidades técnicas y de la eficiencia, sus objetivos, prioridades y estrategias, de modo que pueda medirse su impacto y evaluar sus resultados.
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Proeli/es-ri/l/2001/10/17/5#art-50