Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 53
En vigor desde 12 nov 2001
Será competencia de los Ayuntamientos, individual o mancomunadamente, la elaboración y desarrollo del Plan Municipal sobre Drogodependencias, de acuerdo con las directrices contenidas en el Plan Riojano de Drogodependencias y otras Adicciones.
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Proeli/es-ri/l/2001/10/17/5#art-53