Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 70
En vigor desde 19 may 1994
En el supuesto de infracciones relativas a las contribuciones especiales reguladas por este capítulo, se aplican las sanciones fijadas en la Ley General Tributaria.
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Proeli/es-ct/l/1994/05/04/5#art-70