Título TÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 8 ene 1994
La tramitación parlamentaria de las proposiciones de ley de iniciativa legislativa popular se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de las Cortes Valencianas, sin perjuicio de las especialidades que se deriven de este título y de esta ley.
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eli/es-vc/l/1993/12/27/5#art-17

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