Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 2.ª Principios de actuación y requisitos de independencia y transparencia de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias

Art. 71

En vigor desde 11 may 2023
1. La información depositada por las asociaciones de personas consumidoras y usuarias a que se refieren los artículos precedentes será pública. 2. Reglamentariamente podrán establecerse los plazos, condiciones y requisitos adicionales de las obligaciones de depósito reguladas en esta sección.
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eli/es-pv/l/2023/04/27/4#art-71

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