Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 2.ª Principios de actuación y requisitos de independencia y transparencia de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias

Art. 70

En vigor desde 11 may 2023
Las cuentas anuales de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias se depositarán en Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo en el plazo de un mes desde que sean aprobadas por los órganos estatutarios correspondientes.
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eli/es-pv/l/2023/04/27/4#art-70

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