Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Promoción del asociacionismo

Art. 33

En vigor desde 3 ago 2006
1. Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverán el asociacionismo e impulsarán el desarrollo de las asociaciones que persigan fines de interés general, así como la unión de asociaciones, y de las federaciones y confederaciones, respetando su libertad y autonomía frente a los poderes públicos. Asimismo, las administraciones públicas promoverán acciones positivas para eliminar los obstáculos que impidan la presencia y participación paritaria de mujeres y hombres en todos los ámbitos y espacios asociativos. 2. El fomento del asociacionismo se realizará mediante el establecimiento de mecanismos de asistencia, servicios de información, formación y asesoramiento y campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades de las asociaciones que persigan fines de interés general.
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eli/es-an/l/2006/06/23/4#art-33

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