Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 25

En vigor desde 4 abr 2003
El personal dependiente de los museos integrados en las redes insulares está afectado de incompatibilidad específica para la actividad de comercialización de bienes culturales de naturaleza similar a los custodiados en el museo respectivo, en los términos que se determinen reglamentariamente.
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eli/es-ib/l/2003/03/26/4#art-25

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