Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 75
En vigor desde 19 jul 1997
1. La potestad sancionadora de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se regirá por los principios establecidos en los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es-cm/l/1997/07/10/4#art-75