Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 37

En vigor desde 26 nov 1991
Corresponderán al presidente del Consejo Vasco de Juego las siguientes funciones: 1. Convocar las sesiones del Consejo. 2. Fijar el orden del día de las sesiones. 3. Dirigir las sesiones y deliberaciones del Consejo.
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eli/es-pv/l/1991/11/08/4#art-37

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