Capítulo CAPÍTULO V

Art. 46

En vigor desde 8 nov 2010
La ejecución de la presente ley se financia con las partidas presupuestarias de la Administración de la Generalidad, con las partidas presupuestarias de los ayuntamientos y de otros entes locales de Cataluña, con las aportaciones de entidades privadas y con las aportaciones de los usuarios de los instrumentos de ejecución de las políticas de juventud, en los supuestos y con los requisitos establecidos por las leyes. Asimismo, se financia con cualquier aportación económica admitida en derecho que, si procede, pueda producirse.
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eli/es-ct/l/2010/10/01/33#art-46

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