Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 45

En vigor desde 27 mar 2011
De conformidad con la normativa específica de educación, se garantizará la convivencia entre los alumnos y sus derechos, y, entre ellos, la escolarización y el cambio de centro a los afectados por la violencia escolar.
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eli/es-ri/l/2011/03/01/3#art-45

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