Título Régimen jurídicoCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 3 mar 2005
En el plazo de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberán quedar aprobados los Planes forestales comarcales.
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eli/es-as/l/2004/11/23/3#disposicion-final-tercera

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