Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 1

En vigor desde 3 nov 2000
El Organismo Autónomo «Oficina de Calidad Alimentaria», ODECA en adelante, se regirá en su actuación, además de por la normativa establecida en la Ley de creación, por el presente Estatuto.
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eli/es-cb/l/2000/07/24/3#art-1-1

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