Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 18 mar 1998
La Cámara Agraria de Cantabria gozará del beneficio de justicia gratuita y de los beneficios fiscales existentes, y sus recursos tendrán la consideración de inembargables en los términos de la legislación básica del Estado.
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Proeli/es-cb/l/1998/03/02/3#art-6